¿PARA ESTO CUATRO AÑOS DE NEGOCIACIÓN?

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Con fecha 18 de febrero de 2019 los sindicatos mayoritarios dentro del sector TIC iniciaron las negociaciones con la Patronal para renovar el convenio que regula el sector TIC.

Después de casi cuatro largos años de “negociación” el pasado 4 de enero de 2023 los sindicatos CCOO y UGT comunicaron la firma de un preacuerdo con la representación empresarial del sector (AEC y ANIMES).

Podríamos decir que nos anunciaban una gran noticia para el sector a las puertas del tan señalado día de reyes.

Un regalo para todas las personas trabajadoras que son reguladas por el CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADO Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA.

 En nuestra opinión un convenio sectorial ha de marcar las bases mínimas que deben tener todas las personas trabajadoras para poder tener una seguridad a la hora de desarrollar su carrera profesional. Tal y como os explicamos en el artículo:

¿Por qué debo interesarme por el Convenio Colectivo? – Red Sindical TIC (rstic.es)

Después de analizar el preacuerdo vamos a intentar ver lo que hay detrás de cada apartado…

TABLAS SALARIALES Y EFECTOS ECONÓMICOS:

La firma del preacuerdo establece los efectos económicos firmados desde el 1 de Julio de 2022. Esto significa que se olvidan por completo de la compensación económica de los años 2020, 2021 y del primer semestre de 2022.

Las retribuciones que nos muestran son las siguientes:

2022: Incremento medio nominal de las tablas en un 10,75% (5,5% medio -que varía en función de cada Área y Nivel- respecto a las tablas que parten como mínimo del SMI), con efectos retroactivos desde el 1 de julio de 2022 para el abono de atrasos.

2023: Incremento salarial en tablas del 2,5% efectos retroactivos desde el 1 de enero.

2024: Incremento salarial en tablas del 2%.

Análisis de las tablas salariales:

Es cierto que la subida media de salarios es de un 5,5% y que hay categorías en las que llega a incrementarse hasta un 30%. Claro que estas subidas tan llamativas son debido a que teníamos un número muy elevado de categorías (11 de 24) por debajo del salario mínimo interprofesional (no puede ser inferior a 14.000 euros anuales). Las cuáles deberían haberse actualizado mucho antes de este preacuerdo.

¿¿¿Por qué no se actualizaron los salarios en su día???

O

¿¿¿Por qué no se han actualizado antes los salarios y luego aplicado las subidas?

También hemos de tener en cuenta que todas las personas trabajadoras hemos sufrido un aumento del coste de la vida, IPC, durante el periodo de negociación en un total del 14,4% (año 2020 -0,5%, año 2021 6,5% y año 2022 8,4%). Si revisamos las tablas, ninguna categoría llega a tal porcentaje de actualización en su salario.

Vamos a profundizar un poco más en lo que es el salario.

El salario de una persona trabajadora está compuesto de: salario base, plus convenio, antigüedad y, si procede, la prorrata de las pagas extra. Pues bien… revisando las tablas podemos observar que la subida realizada se ha repartido entre el salario base y el plus convenio… y os preguntaréis…

¿¿¿A qué viene esto???

Pues resulta que la antigüedad, que forma parte de nuestro salario, se nutre del salario base aumentando en un tanto por ciento del mismo por cada trienio (cinco trienios del 5 por 100 cada uno del salario base pactado para su categoría en las tablas salariales; tres trienios siguientes del 10 por 100 cada uno, y un último trienio del 5 por 100 del indicado salario). Resumiendo… que al no haber realizado la subida salarial íntegramente en nuestro salario base ese 5,5% medio de poder adquisitivo recuperado se reduce considerablemente…

¡¡¡Hasta la firma de este preacuerdo las subidas SIEMPRE se han aplicado en el salario base!!!

Otro pequeño detalle… Toda persona trabajadora alguna vez en su día ha realizado horas extras y ha percibido una cantidad de dinero por ello… ¿Sabéis de dónde sale esa cantidad estipulada? ¿No? Pues… es un tanto por ciento de vuestro salario… O sea… también se verán afectadas

¡¡¡Os queremos recordar que las horas extraordinarias son VOLUNTARIAS!!!

RESUMEN:

SÍ. Nos suben el salario, pero…

NO recuperamos el aumento del coste de la vida,

NO se revaloriza nuestra antigüedad en la empresa

y

NO se actualiza el valor de las horas extras realizadas y compensadas económicamente.

NOTA: Os dejamos al final del artículo los cambios realizados en las tablas salariales.

TELETRABAJO o TRABAJO A DISTANCIA:

En el preacuerdo nos indican que se establece una cantidad mínima de 17 euros mensuales para toda persona trabajadora que esté a jornada completa y al 100% de esta modalidad de trabajo. Si no se cumplen estas condiciones se aplica la parte proporcional siempre y cuando sea una situación regular.

En este punto echamos en falta diferentes cosas:

1.- El establecimiento de una normativa de PRL (Prevención de Riesgos Laborales) mínima para todas las personas trabajadoras.

2.- La regulación de los equipos o elementos a proporcionar por parte de la empresa a la persona trabajadora.

3.- La regulación del horario de trabajo y el derecho a la desconexión digital de la persona trabajadora.

4.- La insuficiente compensación económica que marca el acuerdo. Tal y como se indica en el artículo que ponemos a continuación la compensación económica media en España oscila entre 25 y 35 euros al mes.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/09/08/legal/1631094969_500287.html

 ¡¡¡No entendemos que si en 2021 ya se indicaba esta oscilación se haya firmado algo bastante inferior en el año 2023!!!

DIETAS y KILOMETRAJE:

El preacuerdo marca las siguientes cantidades en lo que a kilometraje corresponde:

  • – Con efectos desde la firma del Convenio Colectivo, para las áreas 1,2,3 y 4: 0,25€ por Kilómetro.
  • – Con efectos desde la firma del Convenio Colectivo, para el área 5: 0,22€ por Kilómetro.
  • – Desde el día 1 de enero del 2024, para el área 5: 0,23€ por Kilómetro.

Según el artículo que ponemos a continuación la media del pago en España ha sido de 0,25 euros por kilómetro durante el 2022.

https://aegfanews.com/gestion/1401-0-25-precio-medio-del-pago-por-kilometro-en-espana-en-2022

Pero…

¡¡¡No entendemos porque se hace una distinción entre las diferentes personas trabajadoras!!!

¡¡¡Los gastos de mantenimiento, combustible, etc… son iguales para todas las personas trabajadoras!!!

El preacuerdo marca las siguientes cantidades en lo que a dietas corresponde:

1.- Las áreas 1,2,3,4 y 5 (salvo las personas incluidas en el siguiente apartado): 55€ dieta completa y 27,50€ media dieta.

2.- Las personas trabajadoras del área 5 que pertenezcan a los grupos y niveles que ejerzan funciones de Jefes de Zona (Nivel B-II), Inspector Entrevistador (Nivel D-I), y EntrevistadorEncuestador (Nivel E-II): 38,55€ dieta completa y 19,27€ media dieta.

¿¿¿Por qué una distinción entre personas trabajadoras???

 Sea cual sea el puesto de trabajo que se desempeñe los precios son los mismos para cualquier persona

APARTADOS OLVIDADOS o PENDIENTES DE REGULARIZAR:

Una vez leído todo el preacuerdo, echamos de menos una serie de temas que son viejas aspiraciones del sector. Temas que estaban en las plataformas negociadoras de los dos últimos convenios (13 años) y que brillan por su ausencia en este preacuerdo.

Permisos Retribuidos:

Hemos visto como diferentes empresas han actualizado la regularización de los permisos retribuidos dando una mayor flexibilidad a la hora de realizarlos para poder armonizar la vida laboral y personal. Creemos que esto debería haberse reflejado en el convenio sectorial para que todas las personas trabajadoras puedan beneficiarse. Al igual que el reflejo de los diferentes tipos de convivencia conyugal como las parejas de hecho y de mismo sexo, familias monoparentales, etc…

Prevención de Riesgos Laborales:

Con la llegada del teletrabajo a las empresas del sector se han detectado diferentes faltas de regulación: equipos, herramientas, mobiliario, etc… Sabiendo cuales han sido estas deficiencias o medidas pendientes de revisión podrían haber aprovechado para integrarlas dentro de nuestro convenio.

Echamos en falta la regulación de los tiempos de descanso debido al trabajo realizado delante de las pantallas.

Vacaciones:

Entendemos que dentro de la regulación que existe debería mejorarse/regularse el proceso de solicitud y aprobación de vacaciones.

Jornada Laboral:

La jornada laboral es un asunto bastante importante que echamos en falta a la firma del preacuerdo.

¿¿¿Dónde se ha quedado la propuesta de reducción de las 1800 horas anuales???

Horas extraordinarias:

En cada negociación de convenio vemos escrito… “Horas extraordinarias habituales: supresión” ¿Cómo que habituales? Las horas extraordinarias tal y como dice la palabra son extraordinarias y deberían desaparecer. Primero para fomentar el empleo, segundo para mejorar la productividad y tercero para mejorar la conciliación vida laboral y familiar.

Guardias:

Seguimos sin tener una regulación del servicio de guardias, lo que provoca diferentes acuerdos en todas las empresas y la falta de regulación con unas mínimas normas: Tiempos de descanso, remuneración adecuada, duración de las mismas, etc…

¿¿¿Cuándo tendremos una regulación del sistema de guardias???

 Turnos:

Su falta de regulación está dando lugar a calendarios, horarios y retribuciones variopintas… por decirlo así.

Toda esta falta de regulación afecta a la conciliación laboral y familiar de la persona trabajadora y a su salud.

Os mostraros los cambios realizados en las 5 tablas salariales CON EFECTO 2022 sin aplicar el incremento del 2023: